¿Multa por tener aparcado el coche sin ITV?

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 33, de Madrid, ha dictado, en fecha de 7 de octubre de 2021, una Sentencia en la que apunta que la obligación de pasar la Inspección Técnica de Vehículos tiene carácter general para todos los vehículos matriculados, pero solo se puede sancionar a los que circulen sin haberla pasado satisfactoriamente.

La Sentencia anula una multa impuesta a un vehículo estacionado en la vía pública, sin haber pasado la ITV. Entiende la Magistrada que dicta la Sentencia que, en este caso, el ilícito a sancionar es el previsto en el artículo 76 o) de la Ley de Seguridad Vial, que prevé como infracción grave “circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas reglamentariamente establecidas y las infracciones relativas a las normas que regulan la inspección técnica de vehículos”, y no el mero incumplimiento de someter el vehículo a la ITV de forma periódica.

Por su parte, el artículo 10.1 del Reglamento General de Vehículos no describe ninguna conducta infractora, sino que impone la obligación de su inspección periódica.

Así, se acuerda declarar la nulidad de la resolución administrativa recurrida conforme al artículo 47.1 a) de la Ley del Procedimiento Administrativo Común, por infracción del principio de tipicidad, ya que, en este caso, no se dan los elementos necesarios del tipo para la imposición de la sanción.

Plan galicia emplea subvenciones en Pontevedra Marín Vilagarcía Vigo

Plan Galicia Emplea

La Xunta de Galicia ha publicado la convocatoria de ayudas del Plan Galicia Emplea, de incentivos a la contratación y a la formación en la

¡Suscríbete nuestro boletín mensual!

¡Suscríbete a nuestro boletín mensual de noticias y forma parte de nuestros 702 personas y empresas que ya gozan de una información imprescindible para su día a día!