Obligación de presentar concurso de acreedores pontevedra marín poio vilagarcía cangas

¿Es obligatorio presentar concurso de acreedores llegado el 14 de marzo de 2021?

El impacto económico que azota la dificultad de supervivencia de las empresas de nuestro país ha dado lugar a que se tomen medidas tendentes a minimizar sus consecuencias. Estas normas introdujeron una serie de medidas que han resultado fundamentales desde un punto de vista procesal y de protección de las empresas y de la economía en general. Las medidas adoptadas en el ámbito concursal y societario han conseguido evitar declaraciones de concurso o apertura de la fase de liquidación respecto de empresas que podrían ser viables en condiciones generales de mercado.

Su objetivo ha sido mantener la continuidad económica de las empresas, profesionales y autónomos que sufren dificultades económicas derivadas de la excepcional situación ocasionada por la pandemia o que, con anterioridad a la crisis del COVID-19, venían cumpliendo regularmente sus obligaciones económicas, así como las derivadas de un convenio, de un acuerdo extrajudicial de pagos o de un acuerdo de refinanciación.

De esta manera, de entre las medidas implementadas desde el pasado marzo de 2020 para tratar de paliar las consecuencias económicas que nos acechan, ha dado lugar a que la suspensión del deber de solicitar la declaración del concurso de acreedores finalice el 14 de marzo de 2021.

La Legislación vigente traslada el deber de solicitar el concurso de acreedores al Administrador de la Sociedad, cuando tenga conocimiento del estado de insolvencia de la empresa, por tanto, no se puede eludir esta obligación, y en caso de hacerlo; el Administrador podría responder personalmente de las deudas generadas por la empresa.

Si bien es cierto que el concurso, o más bien la declaración del mismo, es una actuación de carácter rogado, es también una obligación respecto del deudor, cuyo incumplimiento podrá acarrear graves consecuencias. Por otro lado, y aunque la Ley Concursal no lo manifiesta de forma expresa, la declaración del concurso es también un derecho del deudor, ya que si concurren los requisitos, no se le podrá negar dicha facultad.

Dado el carácter ambiguo del concepto de estado de insolvencia,  Lois Carrera Abogados cuenta con profesionales con amplia experiencia en el ámbito concursal, poniendo todos sus conocimientos para ayudarle a salvar su empresa o negocio, ofreciéndole soluciones ante la actual incertidumbre económica provocada por el COVID-19, desde negociaciones con entidades financieras y acreedores, acuerdos de refinanciación, acuerdos extrajudiciales de pagos, medidas de reestructuración laborales, hasta, en su caso, la inevitable solicitud del concurso de acreedores.

Plan galicia emplea subvenciones en Pontevedra Marín Vilagarcía Vigo

Plan Galicia Emplea

La Xunta de Galicia ha publicado la convocatoria de ayudas del Plan Galicia Emplea, de incentivos a la contratación y a la formación en la

¡Suscríbete nuestro boletín mensual!

¡Suscríbete a nuestro boletín mensual de noticias y forma parte de nuestros 702 personas y empresas que ya gozan de una información imprescindible para su día a día!