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¿Es legal referenciar la hipoteca al índice IRPH en vez de al EURIBOR?

El IRPH vuelve a ser un rompecabezas para la banca. Vuelve a serlo después de que la Comisión Europea, en un informe remitido al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), se haya pronunciado en contra del criterio del Tribunal Supremo en relación a este índice, al considerar que las cláusulas que establecen el tipo de interés de una hipoteca serían nulas si no fueron comercializadas con la debida transparencia.

Aunque el informe de Bruselas no es vinculante, ha puesto en guardia al sector bancario, que, según fuentes financieras, ya está explorando las diferentes alternativas estratégicas para reducir su exposición a este índice. Entre estas alternativas, algunas entidades estudian ofrecer a sus clientes cuya hipoteca está ligada al IRPH la posibilidad de pasarla a tipo fijo, entre otras opciones.

El  Tribunal Supremo validó el IRPH, que se calcula a raíz del precio medio de las hipotecas concedidas por el sector, el pasado noviembre, en lo que fue la primera victoria judicial de la banca. No obstante, el Juzgado de Primera Instancia Número 38 de Barcelona elevó esta cuestión al TJUE, que deberá pronunciarse al respecto teniendo en consideración el criterio de la Comisión Europea.

Aún queda tiempo para que el TJUE resuelva la cuestión, pero, independientemente de si se decanta a favor de unos o de otros, lo cierto es que el informe de Bruselas ha despertado un clima de incertidumbre entre las entidades, que tratarán de reducir su exposición al IRPH durante los próximos meses con el objetivo de evitar en el medio plazo un posible varapalo por parte de la justicia europea.

El problema respecto a este índice surge porque siempre se ha situado muy por encima del euríbor, provocando las reclamaciones de los usuarios. De hecho, concluyó el pasado agosto en el 1,932%, frente al -0,169% del euríbor en ese mes, por lo que las cantidades que tendría que devolver el banco a los clientes en caso de que se declarase la nulidad del mismo serían muy altas-

Si el TJUE acaba fallando en contra de la banca y determina que las entidades tienen que devolver a sus clientes los intereses cobrados de más respecto al euríbor, el impacto, en cualquier caso, sería muy alto.

 

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