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DIARIO DE GUERRA miércoles, 18 de marzo de 2020

Trabajadores autónomos:

Todos los trabajadores por cuenta propia o autónomos, cuyas actividades queden suspendidas en virtud de la declaración del estado de alarma o en aquellos casos en los que su facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida, al menos un 75% en relación con el promedio de facturación del semestre anterior, tendrán derecho a la prestación extraordinaria por cese de actividad.

https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/18/pdfs/BOE-A-2020-3824.pdf (EGR)

Suspensión de contratos y reducción de jornada por causa de fuerza mayor:

La suspensión de contratos y reducción de jornada será aplicable cualquiera que sea el número de trabajadores de la empresa y del número de afectados por la suspensión.

El procedimiento se iniciará mediante solicitud de la empresa, que se acompañará de un informe relativo a la vinculación de la pérdida de actividad como consecuencia del COVID-19 y la autoridad laboral deberá constatar la existencia de fuerza mayor.

En los ERTEs por fuerza mayor no hay periodo de consultas con la comisión representativa de los trabajadores y la resolución de la Autoridad laboral debe emitirse en el plazo de 5 días desde la solicitud, y surtirá efecto desde la fecha del hecho causante de la fuerza mayor . El informe de la ITSS es potestativo.

https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/18/pdfs/BOE-A-2020-3824.pdf (CAC)

Fuerza mayor:

Tendrán la consideración de provenientes de una situación de fuerza mayor, las suspensiones de contratos y reducciones de jornada que tengan su causa directa en pérdidas de la actividad como consecuencia del COVID-19, incluida la declaración del estado de alarma, que impliquen suspensión o cancelación de actividades, cierre temporal de locales de afluencia pública, restricciones en el transporte público y, en general, de la movilidad de las personas y/o las mercancías, falta de suministros que impidan gravemente continuar con el desarrollo ordinario de la actividad, o bien en situaciones urgentes y extraordinarias debidas al contagio de la plantilla o la adopción de medidas de aislamiento preventivo decretados por la autoridad sanitaria, que queden debidamente acreditados.

https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/18/pdfs/BOE-A-2020-3824.pdf (EGR)

Suspensión de contratos y reducción de jornada por causa económica, técnica, organizativa y de producción:

Será necesario desarrollar el periodo de consultas, que no excederá de 7 días, con la comisión representativa de los trabajadores que deberá haberse constituido con anterioridad a la solicitud presentada por la empresa. De forma simultánea la empresa comunicará la apertura del ERTE a la comisión representativa de los trabajadores y a la Xunta de Galicia.

https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/18/pdfs/BOE-A-2020-3824.pdf (EGR)

Derecho al cuidado familiar:

Todos los trabajadores y trabajadoras tendrán derecho a reorganizar o reducir su jornada laboral, incluso hasta el 100%, para el cuidado de familiares, mayores, niños y niñas ante el cierre de colegios y servicios sociales.

https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/18/pdfs/BOE-A-2020-3824.pdf (EGR)

Suministro garantizado:

Los suministradores de energía, gas natural y agua no podrán suspender, el suministro a aquellos consumidores en los que concurra la condición de consumidor vulnerable o de consumidor en riesgo de exclusión, desde el 18 de marzo y hasta el 18 de abril de 2020.

Se prorroga el bono social hasta el 15 de septiembre de 2020.

https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/18/pdfs/BOE-A-2020-3824.pdf (EGR)

Derechos del consumidor:

Se interrumpen los plazos de devolución de los productos comprados a través de cualquier modalidad (presencialmente u online), durante el Estado de Alarma o sus posibles prórrogas.

https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/18/pdfs/BOE-A-2020-3824.pdf (EGR)

Moratoria de las hipotecas:

Se ha aprobado una moratoria del pago de las hipotecas a aquellas personas que hayan reducido sus ingresos o estén en situación de vulnerabilidad económica.

https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/18/pdfs/BOE-A-2020-3824.pdf (EGR)

Suspensión de plazos tributarios:

Se confirma la suspensión de los plazos de ingreso de deudas tributarias derivados de liquidaciones (no autoliquidaciones, que deberán presentándose normalmente), de contestación a requerimientos y diligencias de embargo, y de presentación de alegaciones o recursos administrativos hasta el 30 de abril de 2020.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-3824 (DCR)

Concursos de acreedores

El deudor que se encuentre en estado de insolvencia no tendrá el deber de solicitar la declaración de concurso durante la vigencia del Estado de Alarma y hasta los dos meses posteriores. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-3824 (CAC)

Prórroga de la vigencia del documento nacional de identidad

Queda prorrogada por un año, hasta el día trece de marzo de dos mil veintiuno, la validez del documento nacional de identidad de las personas mayores de edad titulares de un documento que caduque desde la fecha de entrada en vigor del Real https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-3824 (CAC)

Posibilidad de suspensión de las prácticas profesionales

La continuidad de las becas de formación ha de pasar necesariamente por la continuidad de la tutorización del becario y el desarrollo de su plan de formación. Por ello, conforme a las propias previsiones de las bases de las becas, si no fuese factible continuar con la ejecución del plan de formación y la tutorización de los becarios, existe la posibilidad de suspender la beca, por el tiempo que dure esta situación extraordinaria, así como la opción de que la misma pudiera ser prorrogada excepcionalmente tras dicha suspensión. (PLC).

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Plan Galicia Emplea

La Xunta de Galicia ha publicado la convocatoria de ayudas del Plan Galicia Emplea, de incentivos a la contratación y a la formación en la

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