Entidades beneficiarias: Podrán ser beneficiarias de las ayudas del programa Emega las empresas privadas formadas por mujeres que inicien su actividad económica o formalicen sus planes innova o activa en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2017 y la fecha del fin del plazo de presentación de solicitudes, siempre que cumplan todas las condiciones y requisitos comunes y los específicos de la correspondiente línea o tipo de ayuda previstos en las bases reguladoras.
Deben tratarse de empresas con la categoría de micro o pequeñas empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten: empresarias individuales, sociedades civiles, o sociedades mercantiles, incluidas las sociedades laborales y las cooperativas de trabajo asociado.
Objeto: Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y tienen por objeto apoyar y fomentar el emprendimiento femenino en Galicia y la creación de empleo, por cuenta propia y por cuenta ajena, para mujeres. Si la persona incorporada es un emigrante retornado.
Importe: La cuantía de las ayudas se establece en función de la línea solicitada y del número de puestos de trabajo generados para mujeres, por cuenta propia y por cuenta ajena, de acuerdo con lo siguiente:
- a)Línea Emprende: incentivos desde 8.000 € hasta 20.000 €.
- b)Línea Innova: incentivos desde 12000 € hasta 20.000 €.
- c)Línea Activa: incentivos desde 6000 € hasta 15.000 €.
- d)Línea ITEF: incentivos desde 16000 € hasta 40.000 €
- e)Ayuda complementaria concilia: Concilia-promotoras: incentivo de 3.000 €. Concilia-personas trabajadoras por cuenta ajena: incentivos desde 1.000 € a 5.000 €.
- f)Ayuda Dual: incentivo de 500 €.
Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.