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¿Qué ocurrirá cuando finalice la moratoria para la solicitud del concurso de acreedores el próximo 14 de marzo?

Con el objetivo de paliar los efectos económicos producidos por la actual crisis sanitaria, el Real Decreto-ley 16/2020, de 28 de abril, amplió la suspensión del plazo de solicitar la declaración de concurso, primero hasta el 31 de diciembre de 2020 y, más tarde, hasta el 14 de marzo de 2021. De esta forma, el deudor que se encuentre en situación de insolvencia no estaría obligado a solicitar el concurso de acreedores hasta el próximo 14 de marzo.

Esta medida ha evitado un gran número de concursos de acreedores en estos últimos meses pero, a pocos días de que termine la moratoria, surge la pregunta de qué va a ocurrir a partir de ahora. Si bien es cierto que parece que el Gobierno estudia una tercera prórroga, todo indica que nos encontraremos con una auténtica avalancha de solicitudes de concurso de acreedores. De hecho, algunos expertos opinan que esta moratoria, lejos de permitir a las empresas ganar tiempo para poder reestructurar su deuda y conseguir liquidez, puede producir el efecto contrario, el de agravar su insolvencia. En este sentido, el Banco de España se ha referido a que la moratoria concursal provocará mayor número de empresas zombies.

Frente a esta situación de incertidumbre, la administración de justicia se ha ido preparando en este tiempo con el consecuente aumento de medios e incluso con la creación de nuevos juzgados mercantiles, aunque es posible que estos esfuerzos no sean del todo suficientes.

Por otro lado, la Asociación Profesional de Administradores Concursales ha presentado una propuesta de reforma de la Ley Concursal. En la misma, destaca la iniciativa de que sean los administradores concursales los que se encarguen de la totalidad del proceso concursal, siempre bajo la supervisión del juez, con el objetivo de agilizar los plazos y acortar la duración de los concursos, que actualmente se sitúa en casi 55 meses de media. Además, proponen la suspensión de la fase de calificación, así como la profesionalización de la administración concursal, solicitando la aprobación del Estatuto del Administrador Concursal y la creación de un examen de acceso a la profesión.

Podemos observar, por tanto, que nos encontramos en un momento de grandes novedades en materia concursal, y probablemente, en el inicio de una época en la que el aumento de concursos de acreedores volverá a poner en jaque a la administración de justicia.

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