morosidad operaciones comerciales

El Pleno del Congreso da el primer paso para la reforma de la Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales

El Pleno del Congreso ha admitido a trámite la Proposición de Ley para la modificación de la Ley 3/2004, que había sido presentada por el Grupo Parlamentario Plural en mayo de este mismo año. El objetivo es lograr un cambio en la cultura empresarial que “elimine la morosidad de la gestión empresarial y la presente ante la sociedad como lo que es, una mala y perjudicial práctica comercial”, tal y como reza la exposición de motivos de la misma.
La nueva ley incorporaría un título en el que se regulan detalladamente los tipos de infracciones derivadas del incumplimiento de los plazos o condiciones de pago y, en general, de las obligaciones que perjudiquen la posición del acreedor. Asimismo, recogería las respectivas sanciones, entre las que están previstas multas desde 3.000 hasta 1.000.000 de euros para las infracciones más graves.
La causa de esta reforma se encuentra en los preocupantes datos que ofrece la Encuesta sobre la Morosidad 2018 elaborada por la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad. Según la misma, la morosidad se situaba, en el año 2018, en 81 días en el ámbito del sector privado y 68, en el sector público, cifras que quedan lejos de los 60 y 30 días establecidos como plazo para los respectivos pagos. Esta demora provoca un coste financiero a nuestro país de 850 millones de euros al año, de acuerdo con los datos ofrecidos por el grupo parlamentario. Se trata, por tanto, de una cifra nada desdeñable, especialmente, en las actuales circunstancias de crisis sanitaria del Covid-19, en la que urge garantizar liquidez y financiación a las empresas.
Si bien es cierto que todavía queda un largo camino para la efectiva reforma de la Ley 3/2004, supone el primer paso para su modificación y, especialmente, para el refuerzo de la lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, estableciendo por primera vez sanciones específicas en caso de incumplimiento.

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