Autoconsumo de bienes y servicios

¿Qué es el autoconsumo de bienes y servicios?

Aunque si bien resulta poco conocida, la figura del autoconsumo se produce de forma habitual en el ámbito empresarial. Se considera autoconsumo a las entregas de bienes y las prestaciones de servicio realizadas a título gratuito, es decir, sin recibir ningún tipo de contraprestación por ellas.
El autoconsumo se produciría, por ejemplo, si el propietario de una tienda de ropa utiliza sus productos comerciales para uso personal sin pagar nada, o el propietario de un supermercado se llevase comida sin abonar su importe.
A pesar de no cumplirse el requisito del pago, el autoconsumo se ha asemejado al resto de operaciones de compraventa para evitar que esos productos autoconsumidos vayan sin IVA o que el sujeto pasivo se beneficie de deducciones que, por las características de la operación, no le corresponderían.
Existen dos tipos de autoconsumo: autoconsumo interno y externo.
El autoconsumo externo se produciría cuando los bienes o servicios salen del patrimonio empresarial o profesional, de forma totalmente gratuita, para ser utilizado por el empresario o por terceros de forma particular.
Esta situación se produciría, por ejemplo, si el empresario vendiese material de oficina y se llevara paquetes de folios o bolígrafos para uso personal.
Estas operaciones se gravan cuando tienen por objeto bienes del patrimonio empresarial, por cuya adquisición se ha soportado el impuesto y se ha atribuido el derecho a su deducción total o parcial, aunque no se haya ejercitado ese derecho.
Se produce en los siguientes casos:
-Transferencias de bienes del patrimonio empresarial al patrimonio personal del sujeto pasivo o a su consumo particular.
-Transmisión gratuita a terceros, incluso socios o empleados, de bienes afectos a la actividad empresarial o profesional, efectuadas sin contraprestación.
Por otro lado, el autoconsumo interno sería el que se produce cuando cambia la afectación de determinados bienes empresariales dentro de la misma empresa.
Por ejemplo, esto ocurriría si una empresa comercializara vehículos por tener un concesionario, y se diera la circunstancia de que esos coches que en principio se destinan a la venta, pasasen a utilizarse para desplazamientos comerciales.
En definitiva, el autoconsumo de bienes y servicios está sujeto al IVA cuando el IVA soportado en la adquisición del bien objeto de autoconsumo hubiese resultado deducible, al menos parcialmente, y siempre que el bien o derecho se encuentre afecto o integrado en el patrimonio empresarial del sujeto pasivo. La ley busca de esta manera la neutralidad del impuesto, de manera que se repercutan por lo menos las cuotas soportadas.

Plan galicia emplea subvenciones en Pontevedra Marín Vilagarcía Vigo

Plan Galicia Emplea

La Xunta de Galicia ha publicado la convocatoria de ayudas del Plan Galicia Emplea, de incentivos a la contratación y a la formación en la

Campaña renta 2022 asesores fiscales Pontevedra

Campaña de la Renta 2022

El 11 de abril de 2023 da comienzo la campaña para presentar el IRPF correspondiente al año 2022 y se extenderá hasta el 30 de

¡Suscríbete nuestro boletín mensual!

¡Suscríbete a nuestro boletín mensual de noticias y forma parte de nuestros 702 personas y empresas que ya gozan de una información imprescindible para su día a día!