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Los trabajadores autónomos ya están obligados a incorporarse al sistema RED

A partir del 01/10/2018, todos los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar como trabajadores por cuenta propia clasificados, a efectos de cotización, en el grupo primero, tienen la obligación de gestionar por vía electrónica todos los trámites relacionados con la Seguridad Social.

En relación a lo anterior, cabe plantearse las siguientes cuestiones:

1.- ¿Cuáles son las nuevas obligaciones que tiene el autónomo?

Gestionar por vía electrónica todos los trámites relacionados con la afiliación, la cotización y la recaudación de cuotas. Además, esta obligación se extiende a la recepción, por comparecencia en la Sede Electrónica de la SS, de las notificaciones y comunicaciones emitidas por la Tesorería General de la Seguridad Social.

2.- ¿Dónde puede gestionar el trabajador autónomo sus trámites con la Tesorería General de la Seguridad Social?

Existen 2 canales electrónicos para realizar las gestiones:

Sistema RED. A través de este sistema, el autorizado RED actuará en representación del trabajador autónomo.

Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS). El trabajador autónomo puede realizar directamente sus trámites con la TGSS a través de diversos servicios electrónicos disponibles en la SEDESS.

3.- ¿Qué necesita el trabajador autónomo para poder acceder a los servicios en la SEDESS?

Se puede acceder a través de:

Certificado electrónico admitido por la Seguridad Social. Todos los servicios son accesibles con este medio de autenticación, incluido el servicio de consulta y firma de notificaciones telemáticas. Permite además la presentación de solicitudes a través del registro electrónico.

DNI electrónico o el sistema Cl@ve, pero este último no permite el acceso al servicio de consulta y firma de notificaciones telemáticas.

Por tanto, a partir de ahora, el trabajador autónomo tendrá la obligación de relacionarse con la Seguridad Social a través de medios electrónicos, y es de suma importancia que acceda a la Sede Electrónica de Seguridad Social con regularidad, pues de lo contrario, podría encontrarse con que se le han practicado notificaciones correctamente de las que no tenía constancia.

 

 

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