Corresponden a todos los autores los siguientes derechos irrenunciables e inalienables:
1.-Derecho de exigir el reconocimiento de su condición de autor de la obra.
2.-Derecho de exigir el respeto a la integridad de la obra e impedir cualquier deformación, modificación, alteración o atentado contra ella que suponga perjuicio a sus legítimos intereses o menoscabo a su reputación
3.-Derecho de modificar la obra respetando los derechos adquiridos por terceros y las exigencias de protección de bienes de interés cultural.
4.- Derecho a decidir si su obra ha de ser divulgada y en qué forma, así como a determinar si tal divulgación ha de hacerse con su nombre, bajo seudónimo o signo, o anónimamente.
5.- Derecho de retirar la obra del comercio, por cambio de sus convicciones intelectuales o morales, previa indemnización de daños y perjuicios a los titulares de derechos de explotación.
6.- Derecho de acceder al ejemplar único o raro de la obra cuando se halle en poder de otro, a fin de ejercitar el derecho de divulgación o cualquier otro que le corresponda.
Corresponden a todos los autores los siguientes derechos de explotación:
7.- Derecho de reproducción: Se entiende por reproducción la fijación directa o indirecta, provisional o permanente, por cualquier medio y en cualquier forma, de toda la obra o de parte de ella, que permita su comunicación o la obtención de copias.
8.- Derecho de distribución: Se entiende por distribución la puesta a disposición del público del original o de las copias de la obra, en un soporte tangible, mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma.
9.- Derecho de comunicación pública: Se entenderá por comunicación pública todo acto por el cual una pluralidad de personas pueda tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas.
10.- Derecho de transformación: La transformación de una obra comprende su traducción, adaptación y cualquier otra modificación en su forma de la que se derive una obra diferente.
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