Los beneficiarios potenciales son pequeñas y medianas empresas como sociedades mercantiles y autónomos, con personas físicas. No podrán ser beneficiarias las agrupaciones de personas jurídicas las comunidades de bienes ninguna que carezca de personalidad jurídica. Tampoco se concederá a empresas en crisis, ni las que están con orden de recuperación.
Objetivo.: Proyectos de creación de pequeñas y medianas empresas por nuevos emprendedores, proyectos de inversión para ampliación en pequeñas y medianas empresas creadas que cumplan los requisitos.
Requisitos proyecto. Proyectos de creación de pequeñas y medianas empresas. Nuevo emprendedor, persona física que no esté desarrollando una actividad, si está realizándola no podrá superar los 42 meses el alta de la RETA, ni el alta censual. Nueva PYME la fecha de la constitución más el día censual, no haya antigüedad mayor a 42 meses. Los requisitos de proyectos cumplirán: no haber empezado antes de la solicitud; los gastos son superiores a 25.000 euros y menor a 500.000 euros, en el caso que sea mayor a 500.000 el IGAPE reducirá la base subvencionada a esta cantidad; Los costes tendrán que estar localizados en el centro de trabajo de la empresa en Galicia.
Cuantía.: Carácter general 20%, menos 30% beneficiarias pequeñas empresas, podrán ser 10% en medianas empresas y 20% pequeñas empresas.
Convocatorias:
2019.1 – 22/04/2019 – 27/06/2019
2019.2 – 28/06/2019 – 18/10/2019
Plazo de presentación.: finaliza el 27/06/2019.

Caso de éxito: Sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra sobre extinción de la fianza en caso de venta directa con cancelación de hipoteca en el concurso
En la presente sentencia número 183/23, la Audiencia Provincial de Pontevedra desestimó un recurso de apelación interpuesto por una entidad bancaria contra sentencia dictada en