indemnización por despido abogados pontevedra asesores

Tributación de la indemnización por despido

Antes de la reforma fiscal de 2014, las indemnizaciones por despido no tributaban por IRPF siempre que estuvieran dentro de los límites del Estatuto de los Trabajadores (ET), cualquiera que fuese el importe. A raíz de dicha reforma, los despidos que tengan lugar a partir del 1 de agosto de 2014 pasan a tener otro régimen jurídico.
Desde dicha fecha, estarán exentos de tributar por IRPF aquellos despidos cuyo importe se encuentre de los límites establecidos con carácter obligatorio por el ET, siempre que dicho importe no supere los 180.000 €.

Un trabajador que es despedido improcedentemente tiene derecho a una indemnización de 33 días por año trabajado. Si se establece un acuerdo que permita a ese trabajador percibir una indemnización superior, ese exceso tributará por IRPF como rendimientos del trabajo.

Incluso si se trata de un trabajador que lleva muchos años en la empresa, y que, a pesar de percibir la indemnización establecida en el ET como obligatoria, o la recibe por una sentencia judicial tras impugnar su despido, el montante total asciende a un importe superior a 180.000 €, esa diferencia también estará sometida a tributación.

Debe hacerse la aclaración de que existen ciertas extinciones de la relación laboral que no constituyen despido y a la vez tienen derecho a indemnización. Esto sucede, por ejemplo, en la extinción de contratos eventuales o de contratos por obra o servicio, en los cuales se establece una indemnización obligatoria por finalización del contrato de 12 días por año trabajado. Al no tratarse de una indemnización por despido, dichas cantidades no estarán incluidas en la exención y, por tanto, tributarán por IRPF.

A pesar de esta exención, dichas cantidades no sometidas a tributación deben ser declaradas en la declaración de la renta correspondiente, ya que la circunstancia de que estén exentas no exime del deber de declararlas.

¡Suscríbete nuestro boletín mensual!

¡Suscríbete a nuestro boletín mensual de noticias y forma parte de nuestros 702 personas y empresas que ya gozan de una información imprescindible para su día a día!