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Programa de ayuda para la actuación de eficiencia energética en Pymes y en grandes empresas del sector industrial

Programa dirigido a las PYMES y grandes empresas del sector industrial. Se trata de una ayuda dineraria a fondo perdido con una cuantía máxima del 30% de la inversión elegible y un importe máximo de inversión elegible por solicitud de 4.000.000 €.
Las actuaciones financiadas con los fondos del programa deben ir destinadas a conseguir una reducción de las emisiones de dióxido de carbono y del consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética con respecto a la situación de partida. Dichas actuaciones se encuadran en una o varias de las siguientes tipologías:
Medida 1: Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales, para actuaciones con una inversión elegible mínima de 75.000 €.
Medida 2: Implantación de sistemas de  gestión energética, para actuaciones con una inversión mínima de 30.000 €.

Las inversiones con cargo a la ayuda podrán ser:

Inversiones que sean necesarias para conseguir una mejora de la eficiencia energética, y que se realicen en la adquisición de bienes o de servicios que puedan justificarse por medio de factura. El IVA soportado siempre que no se susceptible de recuperación o compensación.
La elaboración de los proyectos técnicos, los costes de dirección facultativa, los costes de ejecución de la obra civil siempre que no supere el 20% de la inversión elegible y los de montaje de las instalaciones. Los equipos, materiales e instalaciones auxiliares necesarias, los costes de transporte, de asistencia técnica, los costes necesarios para legalizar las instalaciones.
Los costes necesarios para llevar a cabo la obra como son: proyecto, memorias técnicas, certificados, etc.
Inversiones en nuevas instalaciones siempre que sustituyan a otras existentes para el mismo producto y la misma capacidad industrial, y en el caso de mayor capacidad industrial, solo será elegible la parte proporcional correspondiente a la capacidad industrial de la instalación existente sustituida.

El plazo para presentar la solicitud finaliza el día 6 de mayo de 2016, o cuando se termine el presupuesto. Si desea ampliar la información al respecto puede ponerse en contacto con este despacho.

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