Las condiciones acordadas para la prórroga de los ERTEs hasta el 30/09/2020 son:
1.- Exenciones a las cuotas de la Seguridad Social:
A) En los ERTEs de fuerza mayor total vigentes (todos los trabajadores con su empleo suspendido) se les aplicará una exención en las cotizaciones empresariales del 70% en julio, del 60% en agosto y del 35% en septiembre (en las empresas con menos de 50 trabajadores). Para las empresas con más de 50 empleados, la exoneración de cuotas será del 50% en julio, del 40% en agosto y del 25% en septiembre.
B) En los ERTEs de fuerza mayor parcial (aquellos en los que ya hay trabajadores reincorporados a su puesto, pero no todos) y en los ERTEs por causas técnicas, organizativas, económicas y de producción (ETOP), las exoneraciones serán: en las empresas de menos de 50 trabajadores, el 60% por los trabajadores que vuelvan a la actividad y el 35% por los que sigan en el ERTE; mientras que para las empresas de más de 50 trabajadores serán del 40% por cada trabajador que se reincorpore a su puesto y del 25% por el que siga en el ERTE.
C) Si existen rebrotes: las empresas que actualmente están con actividad pero que se vean en la obligación de cerrar como consecuencia de un rebrote, se permitirá que puedan acogerse a un ERTE de fuerza mayor total, el cual contaría con una exoneración de cuotas del 80% si su plantilla es inferior a 50 trabajadores y del 60% si tiene más de 50 trabajadores.
2.- Prestaciones por desempleo:
Se mantendrán hasta el 30 de septiembre, salvo las de los fijos discontinuos, que se prolongarán hasta el 31 de diciembre. Y se seguirán abonando sin necesidad de periodo de carencia y ¨poniendo el contador a cero¨.
3.- Externalización de tareas:
Las empresas que se encuentren en ERTE sólo podrán contratar o externalizar tareas si los trabajadores de su centro de trabajo no pueden por formación, capacitación y otras razones objetivas o justificadas, realizar las funciones encomendadas. Para ello, la empresa deberá informar previamente a los representantes legales de los trabajadores.