Ayudas Pymes A Coruña emprendedores

Incentivos a la contratación para la creación o ampliación del cuadro de personal de pequeñas y medianas empresas y microempresas (PEL-PEMES).

 

  1. FINALIDAD Y OBJETO

La presente convocatoria se enmarca en el Programa de Empleo Local de la Diputacion de A Coruña para el período 2016/2019, que tiene como objetivo principal fijar población en los ayuntamientos de la provincia y contribuir a un crecimiento sostenible de los mismos promoviendo la creación de empleo estable y de calidad a nivel local y facilitando la empleabilidad de las personas en situación de desempleo, especialmente en el ámbito rural.

  1. BENEFICIARIAS

Está dirigido a pequeñas y medianas empresas y microempresas en cualquiera de las modalidades jurídicas existentes, atendiendo a la definición establecida por la Comisión Europea (Recomendación 2003/361/ CE de 6 de mayo), empresariado individual y profesionales, comunidades de bienes y sociedades civiles, que reúnan los siguientes requisitos:

  1. Domicilio fiscal en cualquier ayuntamiento de la provincia de A Coruña de menos de 20.000 habitantes.
  2. Estar inscrita en el registro público
  3. Disponer de los medios técnicos idóneos para que el trabajador desempeñe sus tareas.
  4. La actividad de la empresa ha de estar relacionada con los perfiles profesionales de la persona contratada.

 

  1. REQUISITOS DE LAS PERSONAS A CONTRATAR

 

Además de los exigidos en el Estatuto de los Trabajadores y legislación laboral, deberá cumplir los siguientes requisitos:

  1. Estar empadronado en cualquiera de los municipios de la provincia de A Coruña.
  2. Estar desempleado en el momento de la contratación e inscrito como demandante de empleo en la Oficina de Empleo.
  3. No haber mantenido relación laboral con la empresa beneficiaria dentro de los tres meses anteriores a la fecha de contratación objeto de solicitud de la subvención.
  4. No ser cónyuge, pareja de hecho, ascendente, descendente y demás parientes por consanguinidad, afinidad o en su caso por adopción, hasta el segundo grado inclusive, del empleador/a o de quien ostente cargos de dirección o sean miembros de órganos de administración de las entidades beneficiarias.
  5. No ostentar cargos de dirección o ser miembros de los órganos de administración en las empresas que revistan la forma jurídica de sociedades mercantiles.
  6. CUANTÍAS

Cada empresa solicitante podrá contratar como máximo a una persona trabajadora por un período mínimo de 12 meses.

La cuantía máxima de la subvención a solicitar y conceder será el 75% de los costes estimados de contratación según los siguientes grupos de cotización y categorías profesionales:

 

Grupo de Cotización Categorías Profesionales Estimación costes

contratación anuales

Importe máximo a solicitar/conceder
1 Ingenieros y licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el art. 1.3.c) del Estatuto de Trabajadores 22.000,00 € 16.500,00 €
2 Ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados 22.000,00 € 16.500,00 €
3 Jefes administrativos y de taller 20.000,00 € 15.000,00 €
4 Ayudantes no titulados 20.000,00 € 15.000,00 €
5 Oficiales administrativos 20.000,00 € 15.000,00 €
6 Subalternos 20.000,00 € 15.000,00 €
7 Auxiliares administrativos 20.000,00 € 15.000,00 €
8 Oficiales de primera y segunda 18.000,00 € 13.500,00 €
9 Oficiales de tercera y especialistas 18.000,00 € 13.500,00 €
10 Peones 18.000,00 € 13.500,00 €
11 Trabajadores/as menores de 18 años, cualquiera que sea su categoría profesional 18.000,00 € 13.500,00 €

Los conceptos de gasto subvencionables son los siguientes:

  1. Sueldos y salarios
  2. Seguridad Social a cargo de la entidad

 

La ayuda será compatible con cualquiera otra ayuda pública para los mismos conceptos. En ningún caso la suma de las ayudas públicas recibidas para la misma finalidad podrá ser superior al coste del personal subvencionado.

  1. FORMA Y PLAZOS DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD

La tramitación se realizará de manera telemática en todas las fases del procedimiento. Las entidades interesadas deberán comunicar su voluntad de adhesión aportando la documentación según los modelos aprobados por la Diputación en la página web www.dacoruna.gal.

La resolución de la solicitud, por tratarse de un acto integrante de un procedimiento de concurrencia competitiva, se hará mediante publicación en el Boletín Oficial de la provincia, en el tablero de edictos y en la página web de la Diputación.

El plazo de presentación de solicitudes se determinará en el anuncio de publicación de la convocatoria del presente programa en el BOP.

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