Asesoría de empresas abogados fiscal laboral contable subvenciones

DIARIO DE GUERRA lunes, 20 de abril de 2020

Se acuerda modificar y ampliar las medidas del Servicio Público de Empleo de Galicia.

No será necesario renovar la demanda de empleo hasta el 30 de junio de 2020.

Para la realización de trámites urgentes en la demanda de empleo se amplían los servicios telemáticos a disposición de la ciudadanía:

– Nuevo formulario web para la tramitación de altas iniciales.

– Ampliación de los servicios para la reactivación de la demanda a través de la Oficina Virtual de Empleo Galicia.

Estos dos servicios, junto con las restantes medidas acordadas por la Xunta de Galicia en favor de las personas demandantes de empleo y los datos de contacto de la red de oficinas de empleo, se encuentran disponibles en el Portal de empleo de Galicia: https://emprego.xunta.gal.

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2020/20200417/AnuncioG0244-150420-1_gl.pdf (JHV)


Adhesión de asociaciones y clústeres al sistema de compras de mascarillas organizado por la Administración autonómica de Galicia.

La Administración autonómica pondrá a disposición de los establecimientos, asociaciones y clústeres que conforman el tejido empresarial gallego, con especial atención a los autónomos y a las pymes que así lo soliciten, las mascarillas que tenga disponibles a tales efectos en cada momento.

Las asociaciones y clústeres solicitantes deberán manifestar expresamente su adhesión al sistema de compras organizado por la Administración autonómica mediante la aceptación expresa de los precios de adquisición, que serán los mismos que los que sufrague la Administración autonómica.

https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2020/20200417/AnuncioG0244-150420-1_gl.pdf (JHV)

Solicitud de suspensión de contrato público de servicio:

Para suspender el contrato, habrá que dirigir al órgano de contratación una solicitud de suspensión reflejando: las razones por las que la ejecución del contrato ha devenido imposible; el personal, las dependencias, los vehículos, la maquinaria, las instalaciones y los equipos adscritos a la ejecución del contrato en ese momento; y los motivos que imposibilitan el empleo por el contratista de los medios citados en otro contrato. Las circunstancias que se pongan de manifiesto en la solicitud podrán ser objeto de posterior comprobación. Transcurrido el plazo indicado sin notificarse la resolución expresa al contratista, esta deberá entenderse desestimatoria.

Daños y perjuicios por los que el contratista podrá ser indemnizado:

1.º Los gastos salariales que efectivamente hubiera abonado el contratista al personal que figurara adscrito con fecha 14 de marzo de 2020 a la ejecución ordinaria del contrato, durante el período de suspensión.

2.º Los gastos por mantenimiento de la garantía definitiva, relativos al período de suspensión del contrato.

3.º Los gastos de alquileres o costes de mantenimiento de maquinaria, instalaciones y equipos relativos al periodo de suspensión del contrato, adscritos directamente a la ejecución del contrato, siempre que el contratista acredite que estos medios no pudieron ser empleados para otros fines distintos durante la suspensión del contrato.

4.º Los gastos correspondientes a las pólizas de seguro previstas en el pliego y vinculadas al objeto del contrato que hayan sido suscritas por el contratista y estén vigentes en el momento de la suspensión del contrato.

Medidas excepcionales para garantizar el acceso de la población a los productos de uso recomendados como medidas higiénicas para la prevención de contagios por el COVID-19.

Se establece el procedimiento para la fijación del importe máximo de venta al público de los productos sanitarios, así como de aquellos productos necesarios para la protección de la salud poblacional frente al COVID-19, y determina la información que debe establecerse en el etiquetado de mascarillas higiénicas se define las condiciones donde se puede realizar una venta unitaria al público de mascarillas quirúrgicas que no estén empaquetadas individualmente.

(https://boe.es/boe/dias/2020/04/19/pdfs/BOE-A-2020-4525.pdf) (JHV)


Concesión de moratorias en el pago de cuotas de los préstamos otorgados por IDEA..

Podrán solicitar la moratoria aquellos beneficiarios de la financiación otorgada por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDEA) cuando tengan formalizados contratos de préstamos con cuotas cuyo vencimiento de pago se produzca en el presente año 2020 siempre que dichos contratos se deriven de resoluciones de concesión de ayuda otorgadas con anterioridad al 5 de julio de 2018 y que los beneficiarios se encontrasen en una situación económico-financiera que les impida cumplir con las correspondientes obligaciones de pago objeto de la moratoria, que no estén en situación concursal y estuvieran al corriente en el cumplimiento de todas sus obligaciones al momento de la entrada en vigor del estado de alarma.

También podrán ser objeto de aplazamiento las cuotas de los préstamos formalizados por los beneficiarios de los programas de ayudas convocados o gestionados por este Instituto y cuyo vencimiento se haya producido o se produzca en los meses de marzo, abril, mayo y junio del presente año 2020.

https://boe.es/boe/dias/2020/04/20/pdfs/BOE-A-2020-4537.pdf (CAC)


Sanciones por infringir el estado de alarma.

Se ha constatado que uno de los incumplimientos más frecuentes es el de las medidas limitativas de la libertad de circulación, por ello, el Ministerio del Interior ha remitido una circular a las Delegaciones del Gobierno sobre los criterios y las cuantías que deberán tener en cuenta para aquellas personas que infrinjan el artículo 36.6 de la Ley de Seguridad Ciudadana en el contexto actual de estado de alarma.

Interior recuerda que el incumplimiento del estado de alarma \»debe considerarse desobediencia a las órdenes dictadas por el Gobierno\», teniendo en cuenta que \»esos mandatos dirigidos a la ciudadanía han tenido amplia difusión\», además de ser publicados en el BOE.

https://extranet.gestoresmadrid.org/wp-content/uploads/2020/04/InformeFirma_1587066776036.pdf (CAC)

Plan galicia emplea subvenciones en Pontevedra Marín Vilagarcía Vigo

Plan Galicia Emplea

La Xunta de Galicia ha publicado la convocatoria de ayudas del Plan Galicia Emplea, de incentivos a la contratación y a la formación en la

¡Suscríbete nuestro boletín mensual!

¡Suscríbete a nuestro boletín mensual de noticias y forma parte de nuestros 702 personas y empresas que ya gozan de una información imprescindible para su día a día!