deducción familias numerosas monoparentales o discapacitados a cargo

Deducción para familias numerosas, monoparentales o con hijos discapacitados a cargo

La deducción por familia numerosa, que se introdujo por primera vez en el ejercicio 2015, es un incentivo fiscal de 1.200 euros anuales para los ascendientes (o hermanos huérfanos de padre y madre) que formen parte de una familia numerosa. Asciende a 2.400 euros anuales si se trata de una familia numerosa de categoría especial.
También se pueden acoger las familias monoparentales con dos hijos o aquellas personas con hijos o con ascendientes con discapacidad a cargo, y el mínimo por descendiente no es requisito para tener derecho.
REQUISITOS PARA SOLICITARLA
1. Se debe tener un título de familia numerosa o disponer del certificado que explica el grado de discapacidad de la persona que se tenga a cargo. En ambos casos son documentos que gestionan las Comunidades Autónomas.
2. Disponer del NIF tanto del solicitante como de los hijos o descendientes con discapacidad para poder presentar la solicitud.
3. La persona que solicita esta ayuda debe ser trabajador por cuenta ajena o autónomo para poder beneficiarse. También tienen derecho a esta deducción los pensionistas o desempleados cobrando la prestación por desempleo (no se tendrán en cuenta los ingresos del solicitante para solicitar esta ayuda).
¿CÓMO SE SOLICITA ESTA DEDUCCIÓN?
Esta deducción puede cobrarse de forma anticipada recibiendo la cantidad de 100 euros mensuales. Para obtenerla, debe tramitarse a través del modelo 143. Adicionalmente, se deberá aportar el título de familia numerosa o el certificado de discapacidad emitido por la comunidad autónoma y el código IBAN de la cuenta bancaria del beneficiario de la ayuda.
¿QUÉ SE PUEDE HACER SI EN SU DÍA NO SE PIDIÓ LA DEDUCCIÓN?
Esta ayuda se tramita a través de la presentación de la Declaración de la Renta, por lo que en el caso de que el contribuyente no haya incluido esta deducción en rentas anteriores podrá hacerlo modificando la renta ya presentada y solicitando la devolución de esa cantidad, siempre que no haya prescrito.
¿QUÉ SUCEDE SI DOS CONTRIBUYENTES TIENEN DERECHO?
Hay que señalar que si dos o más contribuyentes (por ejemplo, el padre y la madre) tienen derecho a la aplicación de esta deducción, su importe se dividirá entre ellos por partes iguales.
No obstante, existe la opción de ceder el derecho a la deducción a otro contribuyente que tenga derecho a su aplicación respecto de la misma familia numerosa. En caso de cesión, el importe de la deducción no se prorrateará, sino que se aplicará íntegramente al beneficiario de la deducción. Todos los importes que, en su caso se hubieran percibido anticipadamente, se consideran obtenidos por el beneficiario de la cesión.
MODELOS 121 Y 122
Este ejercicio 2016 se aprueban los modelos 121 y 122. El modelo 121 se utiliza cuando se comunique la cesión del derecho a la deducción por contribuyentes no obligados a presentar declaración. El modelo 122 se presentará en el plazo establecido para la presentación de la declaración en caso de regularización del derecho a la deducción por contribuyentes no obligados a presentar declaración.

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